
Para su patrimonio
Su patrimonio merece una defensa técnica desde el primer día
En extinción de dominio no se juzga a una persona, se juzga el bien. Y conservarlo exige probar su origen lícito y la buena fe de quien lo adquirió.
Una medida cautelar puede congelar inmuebles, vehículos, cuentas o una empresa entera mientras avanza el proceso. Cada día sin defensa es un día en que el bien se deteriora y la prueba se dispersa.
Esta área la dirige un abogado especialista en derecho penal y extinción de dominio, magíster en derecho penal y procesal penal, con amplia trayectoria como defensor y como docente universitario.
En qué acompañamos
- Oposición y defensa de la titularidad desde la fase inicial hasta el juicio.
- Solicitudes para levantar o modificar embargos, secuestros y suspensiones del poder dispositivo.
- Defensa del tercero que adquirió de buena fe.
- Estudio preventivo de bienes antes de comprarlos o recibirlos en negocio.
Reserva
Estos asuntos se manejan con absoluta discreción. La información del cliente no se comenta, no se publica y no se usa como ejemplo.

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