Para su patrimonio

Su patrimonio merece una defensa técnica desde el primer día

En extinción de dominio no se juzga a una persona, se juzga el bien. Y conservarlo exige probar su origen lícito y la buena fe de quien lo adquirió.

Una medida cautelar puede congelar inmuebles, vehículos, cuentas o una empresa entera mientras avanza el proceso. Cada día sin defensa es un día en que el bien se deteriora y la prueba se dispersa.

Esta área la dirige un abogado especialista en derecho penal y extinción de dominio, magíster en derecho penal y procesal penal, con amplia trayectoria como defensor y como docente universitario.

En qué acompañamos

  • Oposición y defensa de la titularidad desde la fase inicial hasta el juicio.
  • Solicitudes para levantar o modificar embargos, secuestros y suspensiones del poder dispositivo.
  • Defensa del tercero que adquirió de buena fe.
  • Estudio preventivo de bienes antes de comprarlos o recibirlos en negocio.

Reserva

Estos asuntos se manejan con absoluta discreción. La información del cliente no se comenta, no se publica y no se usa como ejemplo.

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